El periodo para poder aplicar la amnistía tributaria será desde el 01 de noviembre y hasta el 30 de abril del 2019.
Moción presentada por Alcalde Municipal obtuvo apoyo unánime del Concejo Municipal.
Durante la sesión ordinaria N°41, mediante el acuerdo N°4, el Lic. Carlos Gerardo Cantillo Álvarez en calidad de Alcalde Municipal, apegándose a los artículos N°44 y N°45 del Código Municipal, Ley N°7794 y sus Reformas presentó una moción que literalmente dice:
MOCIONO: Para que el Concejo Municipal del Cantón de Carrillo, al amparo de la Ley Nº9587, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 186 del martes 09 de octubre del 2018, acuerde autorizar la Administración Tributaria de la Municipalidad de Carrillo, Guanacaste, para que, por una única vez, proceda a la condonación total del pago de los recargos, los intereses y las multas a los sujetos pasivos que tengan deudas pendientes con la Corporación Municipal, por concepto de impuestos, tasas, servicios municipales y por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, hasta el cierre del trimestre inmediato anterior (30 de setiembre del 2018) a la entrada en vigencia de la presente ley, acaecida con su publicación oficial.
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